Los límites de velocidad son algo que, al menos a priori, todo conductor debería tener muy claro pero que, en la práctica, no parece que sea así. Las multas por exceso de velocidad son de las más comunes y, aunque no se puede culpar al desconocimiento en muchos de los casos, si es posible que algún despistado haya cometido una infracción por este motivo.
Es por eso que la DGT ha publicado un tweet recordando los límites de velocidad de 2021 de una manera clara y sencilla:
El grupo formado por turismos, motocicletas, pick-up y autocaravanas con una MMA inferior a 3.500 kilos es el que está autorizado a circular más rápido, con un límite de 120 km/h en autopistas/autovías y de 90 km/h en carreteras convencionales.
Le siguen los vehículos derivados de turismos, vehículos mixtos adaptables y los autobuses, que en autopista y autovía pueden ir hasta a 100 km/h y en carreteras convencionales a 90 km/h.
La DGT da la fecha en la que cambian los límites de velocidad
En el caso de automóviles con remolque, vehículos articulados, furgones, furgonetas, camiones, tractocamiones, autocaravanas con una MMA superior a 3.500 kilos y resto de vehículos, la restricción es un poco mayor: 90 km/h en autopistas y autovías y 80 km/h en carreteras convencionales.
El último caso es especial ya que aunque pueda llevar a error a imagen, los ciclomotores no pueden circular ni por autovía no por autopista, mientras que las bicicletas sí pueden circular por autovía. Por carreteras convencionales ambos tienen permitida la circulación.